Aportes de Empleadores
Los Aportes del 4% para el subsidio familiar, se deben efectuar sobre la totalidad de los pagos hechos por concepto de los diferentes elementos que integran el salario, en los términos de la Ley laboral, incluidos descansos remunerados convencionales o contractuales, exceptuando el auxilio de transporte.
Factores de Liquidación de Aportes | |
Sueldos | |
Salario Integral se toma el 70% | |
Bonificaciones habituales | |
Horas extras, dominicales y festivos | |
Comisiones | |
Auxilio de alimentación | |
Pago por unidad de tiempo tarea o destajo | |
Vacaciones | |
Viáticos (alojamiento y manutención) | |
Jornales | |
Gastos de representación (sector público) | |
Primas extralegales | |
Prima de servicios (sector público) | |
Prima de vacaciones | |
Prima o aumento por antigüedad (sector público) | |
Prima técnica | |
Salario en especie |
Dos últimos dígitos del NIT o documento de identificación | Día Hábil de Vencimiento |
00 al 07 | 2° |
08 al 14 | 3° |
15 al 21 | 4° |
22 al 28 | 5º |
29 al 35 | 6º |
36 al 42 | 7º |
43 al 49 | 8º |
50 al 56 | 9º |
57 al 63 | 10º |
64 al 69 | 11º |
70 al 75 | 12º |
76 al 81 | 13º |
82 al 87 | 14º |
88 al 93 | 15º |
94 al 99 | 16º |
Para el pago de sus aportes a través de la planilla integrada, debe tener en cuenta las fechas que a continuación relacionamos, según Decreto 1765 de octubre 30 de 2017 |
Pensionados y Pagadores de Pensiones:
Los aportantes y los pagadores de pensiones cuyo número de cotizantes y/o pensionados se encuentren en la siguiente tabla, deberán autoliquidar y pagar sus aportes utilizando la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes – PILA, mediante la modalidad de planilla electrónica, a partir de las siguientes fechas.
Rango número de cotizantes | Obligatoriedad uso planilla electrónica |
20 o más cotizantes | 6 de marzo de 2017 |
10 a 19 cotizantes | 1º de marzo de 2018 |
5 a 9 cotizantes | 1º de junio de 2018 |
3 a 4 cotizantes para municipios con categoría diferente a 5-6 | 1º de agosto de 2018 |
Los aportantes y los pagadores de pensiones que cuenten con hasta 2 cotizantes y aquellos en los Municipios de categorías 5 y 5 que cuenten con hasta 4 cotizantes podrán utilizar para el pago de sus aportes al sistema de seguridad social integral y parafiscales: SENA ICBF Y Cajas de compensación familiar cualquier modalidad de planilla, electrónica o asistida. |
Independientes:
Los cotizantes independientes cuyo ingreso base de cotización se encuentren en la siguiente tabla deberán autoliquidar y pagar sus aportes utilizando la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes – PILA mediante la modalidad de planilla electrónica, a partir de las siguientes fechas:
Mayores Informes
Rango ingreso base de cotización. | Obligatoriedad uso planilla electrónica. |
Mayor o igual a 5 SMLMV | 6 de marzo de 2017 |
Mayor o igual a 4 SMLMV | 1º de marzo de 2018 |
Mayor o igual a 2 e inferior a 4 SMLMV para residentes en municipios con categoría diferente a 5 y 6. | 1º de junio de 2018 |
Los cotizantes independientes con ingreso base de cotización menor a 2 SMMLV y aquellos cuyo ingreso base de cotización sea igual a 2 e inferior a 4 SMMLV, residentes en municipios de categorías diferentes a 5 y 6 podrán utilizar cualquier modalidad de la planilla, bien sea electrónica o asistida. |
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